La Audiencia de Alicante condena a indemnizar con 315.000 euros a un paciente que se quedó ciego de un ojo por un colirio

El afectado, vecino de San Vicente del Raspeig, fue intervenido en el Hospital de Alicante y se le aplicó un producto oftalmológico ya retirado por la Agencia del Medicamento

El tribunal ratifica la sentencia inicial contraria a la aseguradora de la farmacéutica alemana que comercializaba producto Ala Octa

La operación tuvo lugar en el Hospital de Alicante

La operación tuvo lugar en el Hospital de Alicante / Jose Navarro

J. Hernández

J. Hernández

La Audiencia Provincial de Alicante ha confirmado una sentencia dictada previamente por un juzgado de primera instancia de San Vicente del Raspeig por la que se condenaba a la aseguradora de una farmacéutica alemana a abonar a un paciente la cantidad de 315.000 euros, incluidos intereses, por los daños sufridos en su visión, que le condujeron a ceguera en un ojo, derivados de un producto sanitario tóxico, según explica el despacho de abogados de Murcia que lleva el caso.

Los hechos tuvieron lugar en 2014, cuando el paciente, de 59 años de edad en ese momento y residente en San Vicente, sufrió un desprendimiento de retina de su ojo derecho. Fue asistido por el servicio de Oftalmología del Hospital General Universitario de Alicante, donde se procedió a intervenirlo quirúrgicamente en el mes de diciembre de aquel año. Se le practicó una operación denominada vitrectomía más cerclaje y se le aplicó un producto oftalmológico (colirio) denominado perfluoroctano, de la marca Ala Octa, y fabricado por la farmacéutica alemana Alamedics GmBH.

Retina isquémica

Tras la operación se detectó por los oftalmólogos proliferación fibrosa, palidez de papila y retina de aspecto isquémico. Y poco después se le confirmó que había perdido totalmente la visión a través del ojo intervenido. El diagnóstico final fue de ceguera. Más tarde la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios determinó que el producto Ala Octa era tóxico, prohibiendo su uso y comercialización.

Por todo lo ocurrido se interpuso ante los tribunales una demanda contra la aseguradora de la farmacéutica, la compañía Allianz Versicherungs Aktiengesellschafta , y tras la celebración del juicio se dictó sentencia que la condenaba al pago de una indemnización de 150.000 euros más intereses por la toxicidad del producto y los daños que su utilización habían provocado en el paciente.

Esta resolución fue recurrida por la aseguradora condenada y, ahora, en fecha de 10 de abril de 2024, la Audiencia Provincial de Alicante confirma la sentencia dictada en primera instancia y vuelve a reconocer la responsabilidad de la aseguradora y ordena que se le abone al perjudicado en concepto de indemnización la cantidad de 315.000 euros (incluidos intereses).

Informes periciales

"Valorados los informes periciales y prueba documental aportada al procedimiento, la sala considera que la prueba ha sido valorada por el juez con criterios razonables y adecuados quedando por tanto acreditada la relación de causalidad entre la pérdida de visión del ojo derecho del demandante y la aplicación del producto perfluoroctano utilizado en la cirugía de retina", recoge el texto de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Alicante.

No obstante esta sentencia no es firme y puede ser recurrida. El caso ha sido llevado por el letrado Eduardo Forte Berrier, del despacho Forte Berrier Abogados de Murcia. En la misma reza que en el caso sometido al debate de la sala se ha producido el daño de pérdida de visión del ojo derecho del demandante, que fue operado en diciembre de 2014. El 13 de mayo de 2015 acudió al Hospital de Alicante a revisión confirmándole en ese momento el mal pronóstico para su ojo derecho, con pérdida total de la visión, y se le da de alta en julio.

Producto tóxico

Un año después, la Agencia Española de Medicamentos informó que el lote del producto utilizado en la operación del demandante era tóxico al 66,1 %. En octubre de ese año, se dirigió escrito al Hospital de Alicante para que se le facilitase marca y fabricante del producto que se utilizó en la intervención quirúrgica. "Contestan (...) y se identifica el producto. En enero de 2017 se interpuso reclamación de responsabilidad patrimonial contra la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana personándose la aseguradora".

Fuentes de este departamento han reiterado que no comentan sentencias y han mostrado su "respecto total y absoluto" a la justicia.